La Consejería de Educación vulneró el derecho constitucional a la libertad de expresión al sancionar a José Luis Santiago, director del instituto Les Nòries de Monforte del Cid (Alicante), centro en el que se colgó una fotografía del consejero, Alejandro Font de Mora, cabeza abajo y con un rótulo que indicaba "unwelcome person" (persona non grata) durante la movilización contra las clases de Educación para la Ciudadanía en inglés. Así lo ha dictado el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Alicante en una sentencia que dio a conocer Fete-UGT, que interpuso un recurso contra la sanción.
El fallo declara nula la sanción por la que el pasado febrero se suspendió a Santiago de empleo y sueldo durante 20 días. Además, condena a Educación a indemnizarle "en los daños y perjuicios causados por la suspensión de funciones". Es decir, condena a Educación a reintegrarle lo que dejó de percibir por la sanción y deja abierta la posibilidad a una mayor reclamación por la suspensión de funciones.La resolución, que es recurrible, subraya que la libertad de expresión incluye "la crítica de la conducta de otro, aun cuando sea desabrida y pueda molestar, inquietar o disgustar". "Así lo requiere el pluralismo", añade el fallo, que incide en que "los límites permisibles de la crítica son más amplios si esta se refiere a personas que, por dedicarse a actividades públicas o estar implicadas en asuntos de relevancia pública, están expuestas a un riguroso control de sus actividades y manifestaciones". De esta manera, el juez ha hecho prevalecer el derecho a la libertad de expresión frente a la subordinación o el principio de autoridad del funcionario.
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